23/10/2025
ISSSTE

La Corte validó la Ley del ISSSTE; no es retroactiva

La Corte validó la Ley del ISSSTE; no es retroactiva

Por: Daniel Blancas Madrigal | Nacional

Miercoles 18 de Junio de 2008 | Hora de publicación: 01:18

Sesión. Los ministros José Fernando Franco, Margarita Beatriz Luna, José Ramón Cossío y Sergio Salvador Aguirre en los trabajos de ayer. Foto: Nicolás Tavira

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló en lo general la Nueva Ley del ISSSTE al considerar que no afecta derechos concedidos con anterioridad a su vigencia, como lo propuso en la sesión del lunes el ministro-presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia.
Ayer, sólo uno de los nueve ministros presentes en el Pleno (Juan Silva Meza) respaldó el planteamiento de Ortiz, quien insistió en que el nuevo régimen perjudicaba de manera retroactiva a los trabajadores del gobierno y quien terminó la sesión con visibles rastros de desconcierto.
Con esta decisión, la SCJN desechó uno de los principales argumentos esgrimidos por los burócratas en las 223 mil 810 demandas presentadas. Y ahora se concentrará en el análisis específico de algunas modalidades -aducidas en la ley- bajo las cuales pueden pensionarse los trabajadores en activo al momento de la entrada en vigor de la norma, a fin de definir si se ajustan o no a la Constitución.
Más de dos millones de quejosos se encuentran en esta condición y según lo estipuló recientemente el director del ISSSTE, Miguel Ángel Yunes, tienen como plazo hasta el 14 de noviembre para aceptar el sistema de cuentas individuales del Pensionissste o permanecer en el régimen anterior con aumento en años de cotización, edad para el retiro y cuotas.
Al iniciar la sesión, con aires de optimismo Ortiz Mayagoitia puso el tema sobre la mesa: «Propuse el concepto de violación relativo a la retroactividad de la nueva ley; queda a consideración de los ministros».
Pero, por varios segundos, nadie pidió el turno, lo que el presidente interpretó como una muestra de apoyo. «¿Debo entender que se aprueba?», preguntó.
Fue entonces que el ministro Sergio Valls Hernández pidió la palabra. Era, apenas el inicio de una cascada de rechazos a lo planteado por quien encabeza la Corte…
«La ley anterior ya no existe, fue abolida, el legislador así lo decidió, contra esto nada puede hacer el amparo. La fuerza de ley sólo puede imprimirla el legislador… El juez no es legislador y no está dentro de su atributo dar vigencia a una norma, lo que propone es constitucionalmente inviable, no podemos hacer eso, hacerlo sería invasión de facultades», refutó el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.
«No se trata de hacerle una trampa a los trabajadores, se establece un sistema en el que pueden migrar, pero con sentido social y absoluto respeto a sus derechos…, el problema de retroactividad queda totalmente superado en la medida en que no se está obligando a nadie a cambiar de sistema», dijo Mariano Azuela.
Y en el mismo tenor se pronunciaron la ponente Margarita Luna Ramos, además de José Fernando Franco, José Ramón Cossío, Salvador Aguirre Anguiano y Olga Sánchez Cordero.
Sobre el término «derechos adquiridos» enarbolado por Ortiz Mayagoitia, criticó Cossío: «Es una metáfora pobre del siglo XIX».
Sólo Silva Meza intentó salvar la propuesta al expresar: «Suscribo totalmente la defensa de los derechos adquiridos, a riesgo de estar utilizando un término decimonónico; nunca como en este caso tiene un contenido tan puntual: cualquier bien que ingresa al patrimonio del trabajador, constituye un derecho adquirido sin más».
Pero todo estaba decidido: 8 votos contra dos…

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